Estatutos y Reglamento de la Comunidad
| Referencia | community-bylaws |
|---|---|
| Tipo de documento | Estatutos bylaw |
| Fecha | 2026-05-07 (6 de mayo de 2026) |
| Emitido por | Adenjo Gestión SL |
| Afecta a | Todos los edificios (5 of 5) |
| Disponible en | ENESSVARFR |
| Almacenamiento ?Hash criptográfico para verificar que el archivo coincide con el original. | r2://bylaws/Community_Bylaws_Official.pdf |
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORIO DE ALOHA ANEXO 5.1 SEÑORIO DE ALOHA (SdA) REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERIOR Este reglamento está disponible en: ESPAÑOL/INGLÉS/SUECO; el español será el idioma prevalente. El reglamento coexiste en conjunción con los Estatutos de SdA. Los estatutos se actualizarán una vez que el reglamento sea aprobado por los propietarios. INTRODUCCIÓN Las regulaciones que se detallan a continuación se aplican a todos los PROPIETARIOS sin excepción. El Administrador o sus representantes están autorizados por el Presidente para gestionar y mantener estas regulaciones y tomar las medidas apropiadas cuando sea necesario para cumplir fielmente el contenido de estas normas. GENERAL Artículo 1. Se invita a los propietarios a presentar cualquier reclamación, observación y consulta en primera instancia al Administrador, o su representante, quien tramitará el asunto. Artículo 2. Debe tenerse en cuenta que los Administradores son designados por los PROPIETARIOS y no tienen obligación alguna con los Inquilinos más allá de la prevista por la ley. Todas las comunicaciones en nombre de los inquilinos deben realizarse a través del propietario. Es responsabilidad del Propietario asegurar que sus inquilinos conozcan el reglamento de SdA. Artículo 3. Está estrictamente prohibido utilizar los servicios y zonas comunes de forma distinta a su uso previsto. Los propietarios serán personalmente responsables de reparar los daños o perturbaciones causados por cualquier incumplimiento de esta norma. En caso de que el propietario no responda en el plazo de un mes desde la notificación del incumplimiento, el Administrador se reserva el derecho de reparar cualquier incumplimiento y recuperar la compensación de todos los costes directamente del propietario. Artículo 4. Todos los propietarios deben evitar crear cualquier forma de ruido excesivo, humo, olores que puedan interferir con la paz y tranquilidad de la urbanización. Cualquier residente que sea molestado por ruido irrazonable, incluso si está en el interior de un apartamento, debe pedir a la persona responsable que reduzca su ruido al nivel legal indicado a continuación. Si el problema persiste, el asunto debe ponerse en conocimiento del Administrador o su representante (AYUDA). Si se requiere una resolución inmediata, o el problema es continuo, se recomienda que contacte directamente con la policía (Tel 092 / 091) • Espacios Interiores: • Daytime: Máximo de 30 dB • Nighttime: Máximo de 28 dB • Áreas Exteriores: • Daytime: Máximo de 55 dB • Nighttime: Máximo de 45 dB Daytime abarca de 08:00 a 22:00, mientras que Nighttime cubre de 22:00 a 08:00. Artículo 5. Los propietarios que no residan durante períodos superiores a 2 meses o que alquilen sus propiedades deben proporcionar al Administrador los datos de contacto de un poseedor de llaves de su apartamento. En caso de emergencia relacionada con su propiedad o la comunidad, el Administrador utilizará su mejor criterio para determinar si contactar al poseedor de llaves.
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORIO DE ALOHA Artículo 6. Para evitar dudas, está prohibido: a) Tocar ningún instrumento musical o utilizar equipos audiovisuales sin auriculares en zonas comunes. b) Colgar ropa, ropa de cama, prendas de vestir, toallas de playa o similares en las paredes de las terrazas delanteras, traseras o laterales, o sobre las barandillas de las terrazas, o las vallas de la piscina. Se permite colgar los artículos mencionados en la terraza trasera utilizando un tendedero independiente. Está prohibido fijar tendederos a ninguna de las paredes del edificio. c) Realizar cualquier forma de obras de reforma que pudiera perturbar el disfrute tranquilo de otros propietarios entre las 22:00 – 09:00. d) Realizar obras de reforma internas/externas durante los días festivos públicos de Navidad, Año Nuevo, Epifanía o Pascua. e) Las barbacoas de leña o carbón no están permitidas debido al riesgo de incendio y la proximidad de apartamentos vecinos. Las barbacoas eléctricas y de gas están permitidas. Se solicita a los propietarios que posicionen sus barbacoas donde los olores sean menos propensos a afectar a sus vecinos. Cualquier vecino que considere que está excesivamente afectado por una barbacoa puede remitir el asunto a la policía y denunciar formalmente a la parte infractora. f) Fumar tabaco, cannabis y otras sustancias ilegales en las zonas comunes de la comunidad, incluyendo las áreas de la piscina, escaleras, ascensores y pasillos. Se permite fumar en los apartamentos siempre que no cause molestia a los vecinos, por ejemplo, humo que entre en terrazas adyacentes o a través de puertas y ventanas. Artículo 7. Los edificios que componen la Comunidad SdA deben dedicarse exclusivamente a vivienda. Los trasteros y espacios de aparcamiento bajo ninguna circunstancia pueden utilizarse para fines industriales, comerciales o profesionales, o cualquier otra actividad que no sea su uso previsto. Artículo 8. Los espacios de aparcamiento están destinados exclusivamente al aparcamiento de automóviles y otros tipos de vehículos de carretera. Está prohibido utilizar este espacio para almacenar muebles u otros materiales que coloquen a la comunidad en incumplimiento de las regulaciones de salud, seguridad y seguros. Debe solicitarse permiso a la Administración para almacenar cualquier tipo de dispositivo basado en agua (barco, remolque de bote, moto de agua) en caso de que incumpla la póliza de seguros de la comunidad y exceda las dimensiones del espacio de aparcamiento, causando así un peligro potencial para otros usuarios del garaje. Todos los espacios de aparcamiento son privados. Su uso sin autorización del propietario por otros propietarios está prohibido. Específicamente, los inquilinos e invitados no pueden aparcar vehículos en espacios sin el permiso expreso del propietario. La instalación de un cargador de coche eléctrico solo está permitida con la aprobación previa de la Administración. Deben cumplirse las especificaciones legales y técnicas, y bajo ninguna circunstancia el cargador puede conectarse a los circuitos eléctricos de la comunidad. Después de la instalación, se requiere un informe de verificación de una empresa certificada. Artículo 9. Los propietarios de mascotas en la Urbanización deben adherirse a las siguientes normas y las emitidas por las Autoridades competentes: a) Los perros deben mantenerse atados en todo momento dentro de la comunidad y ser manejados por una persona responsable a la que el animal obedezca. Los jardines de la comunidad están prohibidos para todos los animales domésticos. b) Los pasillos de la comunidad sirven para permitir que el propietario de un perro acceda a las entradas/salidas de la comunidad. Está prohibido utilizar los pasillos para ejercitar a un
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORIO DE ALOHA perro. Los propietarios son responsables de limpiar los excrementos de sus mascotas y depositarlos en los contenedores proporcionados u otros receptáculos adecuados. c) Todos los perros deben tener la documentación sanitaria apropiada. d) Los propietarios deben tomar medidas inmediatas para minimizar los ladridos en todo momento, y especialmente durante las horas de descanso detalladas en el Artículo 4. e) Alimentar a gatos o perros en zonas comunes, incluyendo espacios de garaje puede atraer plagas e insectos y está expresamente prohibido. f) Los propietarios cuyas mascotas ensucien la propiedad de zonas comunes recibirán una factura por la limpieza y gastos de administración de €200. Los propietarios que no paguen voluntariamente el cargo lo verán añadido a sus cuentas de cuota de comunidad. Artículo 10. a) Toda la basura debe colocarse en bolsas apropiadas y depositarse en los contenedores municipales fuera de la comunidad. Está prohibido dejar cualquier forma de basura dentro de los portales, garajes y otras zonas comunes de la Comunidad. Los contenedores están disponibles en las piscinas. b) De igual forma, está prohibido lanzar cualquier objeto, incluyendo colillas de cigarrillos, líquidos, comida, pelotas, etc., desde terrazas y escaleras. Artículo 11. Cualquier invitado que utilice los servicios e instalaciones de SdA debe cumplir con las regulaciones. Los propietarios son personalmente responsables del comportamiento y conducta de sus invitados, y su cumplimiento de las regulaciones. Si alquila su propiedad, debe mostrar estas normas dentro de su apartamento en formato impreso o código QR digital. Artículo 12. a) El acceso a la comunidad se otorga a través de un sistema electrónico. Los llaveros otorgan acceso a las puertas exteriores, portales, piscinas y pista de pádel. Para maximizar la seguridad, hay disponibles hasta 3 llaveros para apartamentos de 2 dormitorios y hasta 4 llaveros para apartamentos de 3 dormitorios. Los propietarios que solo poseen un trastero en la comunidad reciben un llavero programado para el edificio y portal donde se encuentra su trastero. Los mandos a distancia otorgan acceso a los garajes y se proporciona 1 mando por espacio de aparcamiento. La duplicación de llaveros y mandos a distancia o su transferencia a otro propietario está prohibida. b) Las entradas deben permanecer cerradas en todo momento. No es permisible que Propietarios, invitados, inquilinos, contratistas de construcción, proveedores de servicios, etc., bloqueen o desactiven los mecanismos de puertas/puertas. Esto incluye puertas exteriores, puertas de garaje y entradas de portales. Los infractores reincidentes tendrán deshabilitados su control de acceso y mandos de garaje. Artículo 13. Está prohibido colocar carteles de “Se Alquila” / “Se Vende” u otras formas de señalización publicitaria en terrazas, fachadas de edificios u otras paredes de la comunidad. Artículo 14. Los maceteros en las terrazas de los propietarios deben mantenerse adecuadamente para asegurar la buena apariencia del complejo. No se permiten árboles pequeños y arbustos con sistemas de raíces que puedan dañar la base de los maceteros. Las plantas no deben crecer excesivamente y afectar a las propiedades vecinas, especialmente en la medida en que los escombros de plantas puedan bloquear los desagües de la terraza. EL USO DE LOS ASCENSORES Artículo 15. Los ascensores deben utilizarse de forma responsable y de acuerdo con el peso y número de personas indicado.
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORIO DE ALOHA Los niños menores de 10 años deben estar acompañados por un adulto cuando viajen en los ascensores. Está prohibido utilizar los ascensores para transportar artículos que puedan causar daño o deterioro – incluyendo muebles y materiales de construcción. Cualquier avería/problema mecánico debe ser reportado al Administrador. EL USO DE LA PISCINA Artículo 16. Las piscinas son para el uso exclusivo de propietarios e inquilinos que residen en Señorio de Aloha. Los invitados externos están prohibidos sin el permiso expreso del Administrador y deben estar acompañados por un residente. Se pedirá a los intrusos que se vayan, y se llamará a la policía para los infractores reincidentes. a) Las Normas de la Piscina están claramente publicadas en cada piscina. Se le solicita que usted, sus invitados e inquilinos, se familiaricen y cumplan con ellas para la comodidad y seguridad de todos los usuarios. Durante el verano habrá un socorrista de servicio. El uso de las piscinas es enteramente bajo el riesgo del usuario. b) Las piscinas solo son accesibles a través de su llavero de Control de Acceso y no funcionarán fuera del horario de apertura de la piscina. Está estrictamente prohibido escalar las vallas de seguridad. c) Las piscinas están disponibles para su disfrute entre las 8:00am - 10:00pm. N.B Los horarios están sujetos a ajustes estacionales. d) No se permite colgar toallas/ropa sobre las vallas/barandillas de la piscina. e) Los niños menores de 11 años deben estar acompañados en todo momento por un adulto mayor de 18 años. f) Todos los nadadores deben estar vestidos apropiadamente para baño público. g) Los recipientes de vidrio no están permitidos en las áreas de la piscina. h) Las pelotas y artículos inflables están prohibidos en la piscina, con la excepción de ayudas para nadar para niños pequeños. i) No se permite reservar tumbonas durante todo el día dejando una toalla u otro objeto en ellas. j) Las mascotas no están permitidas en el área de la piscina. k) Los propietarios son responsables de la seguridad de su familia/invitados. l) No se permite música/radios en el área de la piscina sin auriculares personales. m) Utilice los contenedores de basura proporcionados o lleve su basura a casa. n) Cualquier invitado que perturbe el disfrute tranquilo de otros propietarios puede ser pedido que abandone la instalación por el personal de la Comunidad. o) Todos los invitados deben cumplir con las regulaciones de la piscina y las instrucciones del socorrista o la Administración. p) Los propietarios, inquilinos, miembros de la familia o amigos de propiedades con deudas pendientes con la comunidad tienen prohibido el acceso a las piscinas. PISTA DE PÁDEL Artículo 17. La pista de pádel de SdA es para el uso exclusivo de propietarios, invitados e inquilinos. El acceso se otorga a través del sistema de llaveros. El uso es por orden de llegada. Durante períodos de alta demanda, el tiempo de juego debe limitarse a 1 hora.
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORIO DE ALOHA Los propietarios con deudas con la comunidad, junto con sus invitados e inquilinos, tienen prohibido utilizar la pista de pádel. RESIDENCIAS QUE ESTÁN ALQUILADAS O PRESTADAS A INVITADOS DE PROPIETARIOS Artículo 18. En caso de que una propiedad sea alquilada/prestada, el propietario es responsable de proporcionar al inquilino/prestatario una copia del reglamento y asegurar el cumplimiento. Los propietarios siguen siendo directa y personalmente responsables del comportamiento y conducta de sus inquilinos/prestatarios durante el período de uso. Los daños causados por inquilinos/prestatarios son responsabilidad de los propietarios, y el Administrador buscará recuperar el coste de cualquier obra de reparación. Todas las propiedades alquiladas/prestadas a corto plazo deben ser declaradas a través del Formulario A al Presidente/Administración. Debe proporcionarse un nombre y número de emergencia 24/7 en caso de emergencias e incidencias que contravengan las Normas y Regulaciones de la comunidad, tales como perturbación por ruido, comportamiento abusivo/alborotador, etc. Esto es para asegurar que los conflictos se resuelvan rápidamente por el agente de alquiler 24 horas o el propietario. Si alquila o presta su propiedad, debe mostrar las Normas y Regulaciones de la Comunidad dentro de su apartamento en formato impreso o código QR digital. El Anexo 5.3 proporciona información adicional específica para propietarios que alquilan su apartamento. Artículo 19. Cuando sea apropiado, las regulaciones contenidas en este documento son aplicables a los propietarios e inquilinos de trasteros y espacios de garaje. Artículo 20. El derecho del Administrador al remedio universal. El Administrador tiene derecho a rectificar incumplimientos de todo tipo en Señorio de Aloha. Si después de un aviso razonable un propietario no subsana un incumplimiento de estas regulaciones, el Administrador, con el consentimiento del Presidente, está facultado para realizar obras de reparación, rectificación y eliminación a costa del propietario en todos los aspectos. El Administrador dará un aviso de 4 semanas a partir de la fecha de notificación por correo electrónico/correo del incumplimiento. El Administrador también se reserva el derecho, sujeto a la aprobación del Presidente, de contactar y utilizar los servicios de todos los departamentos públicos, incluyendo la policía, autoridades sanitarias y autoridades locales, si surge la necesidad. De nuevo, a costa total del propietario implicado en el incumplimiento. El Administrador también se reserva el derecho, sujeto a asesoramiento legal y aprobación del Presidente, de recurrir a acciones legales sobre incumplimientos continuos y graves de estas regulaciones, incluyendo pero no limitado a órdenes de restricción en conexión con obras ruidosas, comportamiento peligroso o antisocial, etc. ……………………………………………… John Riley, Presidente Señorio de Aloha Residential Comunidad.