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BYLAW Estatutos · 2005-06-15

Estatutos y Reglamento de la Comunidad

Referencia bylaws
Tipo de documento Estatutos bylaw
Fecha 2005-06-15 (14 de junio de 2005)
Emitido por Comunidad de Propietarios Conjunto Señorío de Aloha
Afecta a Todos los edificios (5 of 5)
Disponible en ENESSVARFR
Almacenamiento ?Hash criptográfico para verificar que el archivo coincide con el original. r2://bylaws/Community_Bylaws_Official.pdf

Resumen elaborado por propietarios. El documento original es la fuente autorizada.

De un vistazo

  • Los presentes estatutos y reglamento interno, aprobados el 15 de junio de 2005, regulan la convivencia y el uso de los elementos comunes de la Comunidad de Propietarios Señorio de Aloha.
  • Se establece la obligación de los propietarios de dirigir cualquier queja o incidencia al Administrador y de garantizar que sus inquilinos conozcan y cumplan la normativa.
  • Se prohíbe expresamente el uso de los servicios y zonas comunes para fines distintos a los previstos, así como la realización de obras ruidosas fuera del horario permitido (22:00‑09:00) y en festivos.
  • Se regulan de forma detallada el uso de aparcamientos, la tenencia y comportamiento de mascotas, la gestión de residuos, el acceso mediante fichas electrónicas y la prohibición de fumar sustancias ilícitas en áreas comunes.
  • El Administrador, con autorización del Presidente, podrá subsanar incumplimientos tras un preaviso de cuatro semanas y repercutir los costes en el propietario infractor; se contempla la posibilidad de recurrir a autoridades públicas o a la vía judicial.

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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORÍO DE ALOHA

ANEXO 5.1 SEÑORÍO DE ALOHA (SdA) REGULACIONES DE LAS NORMAS INTERNAS

Estas normas están disponibles en: ESPAÑOL/INGLÉS/SUECO; el idioma prevaleciente será el español. Las normas coexisten en concordancia con los Estatutos de SdA. Los estatutos se actualizarán una vez que las normas sean aprobadas por los propietarios.

PRESENTACIÓN

Las regulaciones que se presentan a continuación se aplican a todos los PROPIETARIOS sin excepción.

El Administrador o sus representantes están autorizados por el Presidente para gestionar y mantener estas regulaciones y tomar las medidas oportunas para hacer cumplir fielmente el contenido de estas normas.

GENERAL

Artículo 1. Los propietarios están invitados a presentar cualquier queja, observación o consulta en primer lugar con el Administrador, o su representante, quien procesará la cuestión.

Artículo 2. Es importante destacar que los Administradores son designados por los PROPIETARIOS y no tienen obligación con los inquilinos más allá de lo establecido por la ley. Todas las comunicaciones en nombre de los inquilinos deben realizarse a través del propietario. Es responsabilidad del propietario asegurarse de que sus inquilinos estén al tanto de las regulaciones de SdA.

Artículo 3. Está estrictamente prohibido utilizar los servicios y áreas comunes de cualquier manera diferente a su uso previsto. Los propietarios serán personalmente responsables de rectificar cualquier daño o disturbio causado por cualquier incumplimiento. En caso de que el propietario no responda después de un mes de notificación del incumplimiento, el Administrador se reserva el derecho de rectificar cualquier incumplimiento y recuperar la compensación por todos los costos directamente del propietario.

Artículo 4. Todos los propietarios deben evitar crear cualquier forma de ruido excesivo, humo, olores que puedan interferir con la paz y tranquilidad de la urbanización. Cualquier residente que se vea perturbado por un ruido inrazonable, incluso si se encuentra dentro de un apartamento, debe pedir al responsable que reduzca el ruido al nivel legal indicado a continuación. Si el problema persiste, la cuestión debe ser presentada ante el Administrador o su representante (AYUDA). Si se requiere una resolución inmediata, o el problema es persistente, se recomienda contactar a la policía directamente (Tel 092 / 091)

• Espacios interiores: • Día: Máximo de 30 dB • Noche: Máximo de 28 dB • Áreas al aire libre: • Día: Máximo de 55 dB • Noche: Máximo de 45 dB El día abarca desde las 08:00 hasta las 22:00, mientras que la noche cubre desde las 22:00 hasta las 08:00.

Artículo 5. Los propietarios que no residen durante períodos que excedan los 2 meses o que alquilen sus propiedades están obligados a proporcionar al Administrador los detalles de contacto de un titular de la llave para su apartamento. En caso de emergencia relacionada con su propiedad o la comunidad, el Administrador utilizará su mejor juicio para determinar si contactar con el titular de la llave.

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Artículo 6. Para evitar dudas, está prohibido:

a) Tocar cualquier instrumento musical o utilizar equipo de audiovisual sin auriculares en áreas comunes.

b) Colgar ropa, ropa de cama, ropa, toallas de playa o similares en las paredes delanteras, traseras o laterales, o sobre los barandales de las terrazas, o las rejas del piscina. Se permite colgar los mencionados artículos en la terraza trasera utilizando un tendedero independiente. Está prohibido atar líneas de secado a cualquier pared del edificio.

c) Realizar cualquier tipo de obras de reforma que puedan perturbar el disfrute tranquilo de los demás propietarios entre las 22:00 y las 09:00.

d) Realizar obras de reforma internas/externas durante las festividades de Navidad, Año Nuevo, Epifanía o Pascua.

e) Utilizar barbacoas de madera o carbón debido al riesgo de incendio y la proximidad de los apartamentos vecinos. Se permiten barbacoas eléctricas y de gas. Los propietarios deben colocar sus barbacoas en lugares donde los olores sean menos probables de afectar a sus vecinos. Cualquier vecino que se sienta excesivamente afectado por una barbacoa puede referir el asunto a la policía y denunciar formalmente al responsable.

f) Fumar tabaco, cannabis y otras sustancias ilegales en las áreas comunes de la comunidad, incluyendo las áreas de la piscina, escaleras, ascensores y pasillos. El fumar en apartamentos está permitido siempre y cuando no cause molestias a los vecinos, por ejemplo, humo que entre en las terrazas o a través de puertas y ventanas.

Artículo 7. Los edificios que componen la comunidad de SdA deben estar dedicados exclusivamente a la vivienda. Los cuartos de almacenamiento y los espacios de aparcamiento nunca pueden ser utilizados para fines industriales, comerciales o profesionales, o cualquier otra actividad que no sea su uso previsto.

Artículo 8. Los espacios de aparcamiento están exclusivamente destinados al aparcamiento de vehículos de motor y otros tipos de vehículos de carretera. Está prohibido utilizar este espacio para almacenar muebles o cualquier otro material que ponga en peligro la salud, la seguridad y las regulaciones de seguro de la comunidad. Debe solicitarse permiso de la Administración para almacenar cualquier tipo de dispositivo basado en agua (barco, remolque de barco, jet ski) en caso de que suponga un riesgo para la comunidad y exceda las dimensiones del espacio de aparcamiento, lo que podría causar un peligro para otros usuarios de garaje.

Todos los espacios de aparcamiento son privados. Su uso sin autorización del propietario por otros propietarios está prohibido. En particular, los inquilinos y los invitados no pueden aparcar vehículos en espacios sin la autorización expresa del propietario.

La instalación de un cargador de coches eléctricos solo está permitida con la aprobación previa de la Administración. Deben cumplirse las especificaciones legales y técnicas, y en ningún caso puede conectarse el cargador a los circuitos eléctricos de la comunidad. Después de la instalación, se requiere un informe de verificación de una empresa certificada.

Artículo 9. Los propietarios de mascotas en la urbanización deben cumplir con las siguientes reglas y las emitidas por las autoridades competentes:

a) Los perros deben estar sujetos a una correa en todo momento cuando se encuentren dentro de la comunidad y ser manejados por una persona responsable a la que el animal sea obediente. Los jardines comunitarios están fuera de límites para todos los animales domésticos.

b) Las pasarelas comunitarias sirven para permitir a los dueños de perros acceder a las entradas/salidas de la comunidad. Está prohibido utilizar las pasarelas para el ejercicio de los perros.

c) Los propietarios son responsables de limpiar los excrementos de sus mascotas y depositarlos en los contenedores proporcionados o en otros recipientes adecuados.

d) Todos los perros deben tener la documentación sanitaria adecuada.

e) Los propietarios deben tomar medidas inmediatas para minimizar el ladrido en todo momento, y especialmente durante las horas de descanso detalladas en el Artículo 4.

f) Es prohibido alimentar gatos o perros en áreas comunes, incluyendo los espacios de garaje, ya que puede atraer roedores e insectos.

g) Los propietarios cuyas mascotas contaminan la propiedad común serán enviados una factura para la limpieza y los cargos de administración de €200. Los propietarios que no paguen voluntariamente la factura tendrán que agregarla a sus cuentas de comunidad.

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Artículo 10.

a) Todos los residuos deben ser colocados en bolsas adecuadas y depositados en los contenedores municipales fuera de la comunidad. Está prohibido dejar cualquier tipo de residuo dentro de los portales, garajes y otras áreas comunes de la comunidad. Están disponibles contenedores en las piscinas.

b) De manera similar, está prohibido arrojar cualquier objeto, incluyendo colillas de cigarro, líquidos, comida, bolas, etc., desde las terrazas y escaleras.

Artículo 11. Cualquier invitado que utilice los servicios y facilidades de SdA debe cumplir con las regulaciones. Los propietarios son personalmente responsables del comportamiento y la conducta de sus invitados, y su cumplimiento con las regulaciones. Si alquilan su propiedad, están obligados a exhibir estas reglas dentro de su apartamento en formato impreso o QR digital.

Artículo 12. a) El acceso a la comunidad se concede a través de un sistema electrónico. Los fob permiten el acceso a las puertas exteriores, portales, piscinas y pabellón de padel. Para maximizar la seguridad, se pueden proporcionar hasta 3 fob para los apartamentos de 2 habitaciones y hasta 4 fob para los apartamentos de 3 habitaciones. Los propietarios que solo tienen un cuarto de almacenamiento en la comunidad se les proporciona un fob programado para el edificio y el portal donde se encuentra su cuarto de almacenamiento.

Los controles remotos permiten el acceso a los garajes y se proporciona un control remoto por cada espacio de aparcamiento. La duplicación de fob y controles remotos o su transferencia a otro propietario está prohibida.

b) Las entradas deben permanecer cerradas en todo momento. No es posible que los propietarios, invitados, inquilinos, contratistas de construcción, proveedores de servicios, etc., abran o deshabiliten los mecanismos de puertas y puertas. Esto incluye las puertas exteriores, puertas de garaje y portales de entrada. Los infractores repetidos tendrán sus controles de acceso y controles remotos deshabilitados.

Artículo 13. Está prohibido colocar carteles de “Alquiler” / “Venta” o otros tipos de señalización publicitaria en las terrazas, fachadas de edificios o otras paredes de la comunidad.

Artículo 14. Los maceteros en las terrazas de los propietarios deben mantenerse en buen estado para garantizar la buena apariencia del complejo. No se permiten árboles pequeños y arbustos con sistemas radiculares que puedan dañar la base de los maceteros. Los plantas no deben permitirse que crezcan demasiado y afecten a las propiedades vecinas, especialmente de manera que el desecho de plantas pueda bloquear las alcantarillas de las terrazas.

USO DE LOS ASCENSORES

Artículo 15. Los ascensores deben utilizarse de manera responsable y en concordancia con el peso y el número de personas indicados.

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Los niños menores de 10 años deben ser acompañados por un adulto cuando viajen en los ascensores. Está prohibido utilizar los ascensores para transportar objetos que puedan causar daños o deterioro – incluyendo muebles y materiales de construcción. Cualquier falla o problema mecánico debe ser informado al Administrador.

USO DE LA POOL

Artículo 16.

La piscina está destinada exclusivamente para el uso de los propietarios y los inquilinos que residen en Senorio de Aloha. Los invitados externos están prohibidos sin la autorización expresa del Administrador y deben estar acompañados por un residente. Los intrusos serán puestos en fuga, y se llamará a la policía para los infractores repetidos.

a) Las Reglas de la Piscina están claramente publicadas en cada piscina. Usted, sus invitados y inquilinos deben familiarizarse y cumplir con ellas para el confort y la seguridad de todos los usuarios. Durante el verano, un guardavidas estará de servicio. El uso de la piscina es enteramente a riesgo del usuario.

b) La piscina solo está accesible a través de su fob de acceso y no funcionará fuera de las horas de apertura de la piscina. Escalar las rejas de seguridad está estrictamente prohibido.

c) La piscina estará disponible para su disfrute entre las 8:00 y las 22:00. Las horas están sujetas a ajustes estacionales.

d) No está permitido colgar toallas o ropa sobre las rejas de la piscina o las barandillas.

e) Los niños menores de 11 años deben ser acompañados en todo momento por un adulto mayor de 18 años.

f) Todos los nadadores deben estar vestidos de manera adecuada para el baño público.

g) No se permiten recipientes de vidrio en las áreas de la piscina.

h) Las bolas y los objetos inflables están prohibidos en la piscina, con la excepción de los dispositivos de natación para niños pequeños.

i) No está permitido reservar sillas de sol durante todo el día dejando una toalla o otro objeto en ellas.

j) No se permiten mascotas en la área de la piscina.

k) Los propietarios son responsables de la seguridad de su familia y invitados.

l) No se permiten música o radios en la área de la piscina sin auriculares personales.

m) Utilice los contenedores de basura proporcionados o lleve su basura a casa.

n) Cualquier invitado que perturbe el disfrute tranquilo de los demás propietarios puede ser peticionado que abandone la instalación por parte del personal de la comunidad.

o) Todos los invitados deben cumplir con las regulaciones de la piscina y las instrucciones del guardavidas o la Administración.

p) Los propietarios, inquilinos, familiares o amigos de propiedades con deudas pendientes con la comunidad están denegados el acceso a las piscinas.

PADEL COURT

Artículo 17.

El pabellón de padel de SdA está destinado exclusivamente para el uso de los propietarios, invitados y inquilinos. El acceso se concede a través del sistema de fob. El uso es a primera venida, primero servido. Durante períodos de alta demanda, el tiempo de juego debe limitarse a 1 hora.

Los propietarios con deudas pendientes con la comunidad, junto con sus invitados e inquilinos, están prohibidos utilizar el pabellón de padel.

RESIDENCIAS QUE SE ALQUILAN O SE PRESTAN A LOS PROPIETARIOS

Artículo 18.

En caso de que una propiedad se alquile o se preste, el propietario es responsable de entregar al inquilino o prestatario una copia de las regulaciones y asegurarse de su cumplimiento. Los propietarios siguen siendo directamente y personalmente responsables del comportamiento y la conducta de sus inquilinos o prestatarios durante el período de uso.

Los daños causados por los inquilinos o prestatarios son responsabilidad del propietario, y el Administrador buscará recuperar el costo de cualquier trabajo de reparación.

Todas las propiedades de alquiler a corto plazo o prestadas deben declararse mediante el Formulario A ante el Presidente/Administración. Debe proporcionarse un nombre y número de emergencia 24/7 en caso de emergencias e incidentes que infrinjan las Reglas y Regulaciones de la comunidad, como disturbios de ruido, comportamiento abusivo o ruidoso, etc. Esto se hace para asegurar que los conflictos se resuelvan de manera oportuna por el agente de alquiler 24 horas o el propietario.

Si alquila o presta su propiedad, está obligado a exhibir las reglas y regulaciones de la comunidad dentro de su apartamento en formato impreso o QR digital.

El Anexo 5.3 proporciona información adicional específica para los propietarios que alquilan su apartamento.

Artículo 19.

Donde corresponda, las regulaciones contenidas en este documento son aplicables a los propietarios e inquilinos de los cuartos de almacenamiento y espacios de garaje.

Artículo 20. El derecho de remediación universal del Administrador.

El Administrador tiene el derecho de remediar todas las infracciones en Señorio de Aloha.

Si después de un aviso razonable un propietario no remedia una infracción de estas regulaciones, el Administrador, con el asentimiento del Presidente, está facultado para realizar obras de reparación, rectificación y eliminación a cargo del propietario en todos los aspectos.

El Administrador dará un aviso de 4 semanas desde la fecha de servicio por correo electrónico o correo postal de la infracción.

El Administrador también se reserva el derecho, con la aprobación del Presidente, de contactar y utilizar los servicios de todos los departamentos públicos, incluyendo la policía, las autoridades de salud y las autoridades locales, si es necesario. De nuevo, a cargo del propietario involucrado en la infracción.

El Administrador también se reserva el derecho, con asesoramiento legal y aprobación del Presidente, de tomar medidas legales contra infracciones persistentes y graves de estas regulaciones, incluyendo, pero no limitado a, medidas cautelares en relación con el trabajo ruidoso, el comportamiento peligroso o antisocial, etc.

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Juan Riley, Presidente Comunidad Residencial Señorio de Aloha.

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