Reglamento de Alquileres
| Referencia | rental-regulations |
|---|---|
| Tipo de documento | Circular newsletter |
| Fecha | 2026-05-08 (7 de mayo de 2026) |
| Emitido por | Adenjo Gestión SL |
| Afecta a | Todos los edificios (5 of 5) |
| Disponible en | ENESSVARFR |
| Almacenamiento ?Hash criptográfico para verificar que el archivo coincide con el original. | r2://bylaws/Rental_Regulations_Official.pdf |
Resumen elaborado por propietarios. El documento original es la fuente autorizada.
De un vistazo
- El boletín del 8 de mayo de 2026 presenta el Reglamento de Alquileres para la comunidad de propietarios Señorio de Aloha.
- Se establece la obligación de que los propietarios que alquilen sus viviendas entreguen el Formulario A antes del 31 de mayo de 2025 y cada vez que cambien los datos.
- Se indica que la comunidad publicará anualmente el porcentaje de inmuebles declarados como alquilados y podrá limitar la emisión de nuevas licencias si se supera el umbral acordado.
- Se detallan normas de comportamiento para inquilinos, como la gestión de residuos, el respeto de horarios de silencio y la prohibición de usar plazas de aparcamiento ajenas.
- Se incluyen obligaciones del arrendador, como respetar la ocupación máxima, no alquilar por menos de tres noches, prohibir dispositivos de vigilancia y registrar a los inquilinos en la policía, así como la posible imputación de costes de limpieza y reparación.
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORIO DE ALOHA ANEXO 5.3 – REGULACIONES ADICIONALES APLICABLES A PROPIETARIOS E INQUILINOS RESPECTO A PROPIEDADES DE ALQUILER A CORTO PLAZO. Artículo 1: Los propietarios que alquilen o cedan sus propiedades están obligados a presentar el FORMULARIO A ‘SdA - Base de Datos de Administración del Uso de Apartamentos’ (véase a continuación) al Administrador de la Comunidad antes del 31 de mayo de 2025, y nuevamente en caso de cambio de cualquiera de los datos. En ausencia del Formulario A o de una copia de la Licencia Turística solicitada en el mismo, y cuando la administración tenga dudas sobre un ‘Uso de Apartamento’, el Administrador se reserva el derecho de contactar con las Autoridades Municipales para aclaración bajo la autoridad conferida por los Propietarios. Artículo 2: A discreción del Presidente/Administrador, la comunidad se reserva el derecho de denunciar a las autoridades civiles y/o perseguir la revocación de cualquier licencia de alquiler otorgada a propiedades que no cumplan con las Regulaciones de la Comunidad Señorio de Aloha y/o la legislación andaluza y/o nacional actualmente aplicable. Artículo 3: 1. La comunidad SdA publicará regularmente, y al menos anualmente, el porcentaje de propiedades que se declaren como alquiladas en base a la Base de Datos del Formulario A. 2. La asociación de Propietarios SdA se reserva el derecho de rechazar la emisión de nuevas licencias de alquiler en caso de que se supere el umbral de porcentaje acordado por la Asociación. Dicho umbral será decidido en base a la Base de Datos del Formulario A, y cualquier otra información relativa al número de propiedades de alquiler en SdA. Artículo 4: Todas las Regulaciones de la Comunidad SdA serán publicadas en forma impresa o descargables digitalmente (p. ej. código QR mostrado) en la propiedad. Los propietarios deben hacer todo lo posible para asegurar que sus huéspedes no violen las regulaciones, especialmente mientras se encuentren en las zonas comunes e instalaciones de SdA. Este artículo no excluye el requisito de que los Propietarios pongan a disposición otra información obligatoria según lo exigido por las autoridades regionales. Artículo 5: Comportamiento de Inquilinos: i) Los inquilinos/huéspedes deben retirar todos sus residuos a los contenedores públicos proporcionados fuera de SdA. Bajo ninguna circunstancia se pueden dejar residuos fuera de los apartamentos o en zonas comunes. Se ha comprobado que la eliminación de toallitas para bebés y discos de limpieza cosmética en los inodoros de los apartamentos obstruye las tuberías de alcantarillado de SdA y está estrictamente prohibida. Se solicita a los propietarios que coloquen señalización en sus baños para desalentar esta práctica.
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORIO DE ALOHA ii) Las normas de la piscina se muestran en las piscinas junto con los horarios de apertura y deben cumplirse estrictamente. iii) No se permiten disturbios dentro o fuera de los apartamentos entre las 22:00 y las 08:00. El incumplimiento implicará la intervención de la policía después de haber dado una advertencia razonable. iv) El uso de espacios de aparcamiento privado de otros propietarios está estrictamente prohibido sin su permiso. Artículo 6. Comportamiento del Propietario: i) La ocupación nocturna no debe exceder la cuota especificada en la Licencia Turística, que debe ser consistente con la Nota Simple de la propiedad. ii) En interés de evitar grupos de juerguistas y su reputación de perturbar la paz de la comunidad, ninguna propiedad debe estar disponible para alquileres, o anunciarse como tal, por menos de 3 noches. iii) Ninguna propiedad incluirá medios para retransmitir y/o grabar imágenes, vídeo o audio ni del interior de la propiedad ni de las zonas comunes de SdA fuera de la propiedad. iv) Con la seguridad y los derechos a la no perturbación de todos los residentes en mente, es responsabilidad del propietario o su agente cumplir con el requisito obligatorio de registrar todos los inquilinos ante la policía local. Artículo 7. Los propietarios serán cobrados por los costes de limpieza y reparación de cualquier daño causado por sus inquilinos a la propiedad comunitaria. Si el propietario no paga voluntariamente, el coste se añadirá a su cuenta de comunidad como deuda. Artículo 8. A la luz de los problemas históricos causados por grupos de turistas generalmente denominados “despedidas de soltero o soltera”, se deben hacer todos los esfuerzos por parte de los propietarios y sus agentes para restringir los alquileres a grupos familiares. —————————————————————————————-
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COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEÑORIO DE ALOHA FORMULARIO A – SDA - BASE DE DATOS DE ADMINISTRACIÓN DEL USO DE APARTAMENTOS DETALLES DEL APARTAMENTO: Edificio: …………………… Portal: ……………………… Planta: ……………………… D/I: ……………………… Para asistir al Administrador de la Comunidad en caso de emergencia y/o disturbio nuestro contacto 24/7 es: Teléfono: ……………………………………… (Propietario / Agente) Correo electrónico: ………………………………………(MAYÚSCULAS) ________________________________________________________________________________ Yo/nosotros ……………………………………………………………………………….………………………… Como propietario(s) del apartamento listado arriba, utilizamos nuestro apartamento para (tachar según corresponda) alquileres a corto plazo únicamente / parcialmente alquilado-parcialmente uso del propietario / alquiler a largo plazo únicamente / uso del propietario o cesionario únicamente. ________________________________________________________________________________ De conformidad con la aprobación de la Asociación de Propietarios de la regulación Señorio de Aloha para mantener un registro del número de apartamentos disponibles para alquiler, adjuntamos una copia de la CONSEJERÍA DE TURISMO Y DEPORTE (Licencia Turística) emitida por la JUNTA DE ANDALUCIA (autoridades locales) aplicable a la propiedad mencionada: Número de licencia: ……………………….. …………….. Yo/nosotros por este medio confirmo/confirmamos que la información anterior es correcta en el momento de la redacción y actualizaré/actualizaremos a la Comunidad en caso de cambios futuros. Nombre: Firma: Fecha: …………………………………………………….